lunes, 7 de abril de 2008

Terada propone más transparencia en la designación del Defensor del Pueblo

La diputada Alicia Terada instó nuevamente a que se elija después de trece años al Defensor del Pueblo del Chaco. En esta oportunidad presentó un proyecto de Ley con el cual pretende incorporar aspectos relevantes referidos a la forma de designación y condiciones para ser electo que no están contemplados en la Ley 4.190, que si bien no fue promulgada está actualmente vigente. Este proyecto de Ley propone una forma de designación especial, a través de un procedimiento transparente con una permanente y clara publicidad de cada uno de sus pasos. Ofrece participar en el proceso a la ciudadanía y somete a los postulantes a un concurso de antecedentes y oposición como método de selección. Esta reforma se considera relevante si se tiene en cuenta el principal compromiso que debería tener el ombudsman como ser la defensa de los derechos humanos, las garantías e intereses tutelados en las constituciones y leyes. “Es por ello que es importante que la designación recaiga sobre aquella persona de reconocida trayectoria, solvencia moral y probada idoneidad” sostuvo la autora del proyecto. La legisladora del ARI considera necesaria una pronta elección del representante del pueblo, a fin de que asuma la tutela jurídica de los derechos de los ciudadanos y una mejor defensa de las libertades y derechos fundamentales, cívicos, económicos, sociales, culturales y los propios de la solidaridad social. Asimismo para que actúe como mediador en la resolución de conflictos, siendo esta institución el ámbito adecuado para generar un dialogo entre las administraciones públicas y los particulares afectados en sus derechos para buscar instancias superadoras de conciliación, que permitan arribar a acuerdos sin necesidad de su judicialización. Por otra parte establecen determinados principios a los que deberán ajustarse los trámites y procedimientos que se realicen en la institución. A fin de garantizar el fácil acceso a los ciudadanos, proponen que debe ser informal, gratuito e impulsado de oficio, como así también se exige inmediatez y celeridad. En esta iniciativa se hace fundamental hincapié en que el Defensor del Pueblo debe ser independiente del poder político o social, estar libre de vínculos políticos, partidarios y posiciones ideológicas. “Resulta imperiosa la incorporación del Defensor del Pueblo en nuestra provincia, a través de un régimen legal que garantice en la medida de lo posible el funcionamiento eficiente de la institución, de manera tal que efectivamente se defiendan los derechos de los ciudadanos ante actos u omisiones del Estado y se logre un verdadero control en el ejercicio de sus funciones administrativas”, concluyó.

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